Justificar la subvención deportiva del Ayuntamiento de Madrid 2025-2026

La convocatoria de subvenciones para actividades deportivas y de competición del Ayuntamiento de Madrid (BDNS 895830) se justifica con una cuenta justificativa simplificada única, aunque la entidad tenga ayuda para la línea A y para varios equipos de la línea B.

Tiene reglas propias más estrictas que la norma general: el efectivo solo se admite en facturas de menos de 600 €, los costes indirectos no pueden pasar del 8 % de la subvención y no se aceptan bienes inventariables. Además, en cada gasto hay que indicar la fuente de financiación y su porcentaje.

Revisa tu relación de gastos con estas reglas

Plazo

Tres meses desde que se publica la concesión en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Los gastos deben corresponder a la temporada del 1 de septiembre de 2025 al 31 de agosto de 2026 y estar pagados antes del fin de ese plazo.

Qué hay que presentar

Qué comprueba el comprobador con estas bases

Bases y fuente oficial

Referencia: Convocatoria BDNS 895830 (decreto de 25-03-2026), puntos sexto y vigesimosegundo. www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/895830

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